Trabajo Temporal y Visas de Estudiantes
El propósito de una vista temporaria (no inmigrante) es permitirle a una persona entrar a los EE.UU. temporalmente por un propósito específico y por un periodo especifico de tiempo.
Visas Profesionales
Las Visas Profesionales son para individuos que tienen ofertas de trabajo en los Estados Unidos, tienen al menos un título universitario de 4 años o un equivalente en EE.UU y buscan trabajar en una ocupación profesional o “especialidad” relacionada con su campo de estudio. Cada clasificación de la visa tiene sus propios requerimientos y restricciones.
Visas de estudiantes e intercambio
Estas visas temporales son para individuos que desean estudiar un curso completo de estudio o convertirse en un aprendiz/pasante en un campo específico de estudio en los EE.UU. Cada clasificación de la visa tiene sus propios requisitos y restricciones.
Visas Religiosas
Las visas religiosas son para trabajadores religiosos que son miembros de una denominación religiosa por al menos 2 años precediendo la aplicación y que buscan desempeñar una vocación religiosa o una ocupación religiosa tradicional en los EE.UU.
La USCIS puede conceder un estatus R-1 por un periodo inicial de admisión por hasta 30 meses. Extensiones subsecuentes pueden ser concedidas por hasta 30 meses adicionales. El periodo de estancia total del solicitante en los EE.UU. en clasificación R-1 no puede exceder 5 años (60 meses).
USCIS cuenta solo el tiempo gastado físicamente en los EE.UU. en un estatus R-1 valido hacia el periodo de estancia máximo.
El cónyuge del trabajador religioso e hijos no casados debajo de la edad de 21 pueden ser elegibles para una clasificación R-2. Un dependiente R-2 no está autorizado para aceptar empleo basado en la clasificación de esta visa.
Visas P, Q y O
Visa de Inversionistas y Trabajadores Transferidos entre Compañías.
Visas E están reservadas para comerciantes de tratados o inversionistas. Los EE.UU. deben haber firmado un tratado/ acuerdo de inversión bilateral entre el país de nacionalidad del solicitante (país del tratado) y el nacional del país del tratado debe tener al menos 50% de la compañía en los EE.UU. para calificar. El solicitante debe:
Las Visas L son designadas para empleados que han trabajado en el exterior por 12 meses por una compañía padre, rama, afiliada o subsidiaria de la compañía peticionaria de EE.UU. Las Visas L1A están disponibles para gerentes o ejecutivos que vienen a trabajar en una capacidad de gerencia/ejecutiva en la compañía de EE.UU. Los solicitantes de una visa L1B son elegibles para trabajar si él/ella tienen conocimiento especial del producto de la compañía, servicio, investigación, técnicas o tienen un “nivel avanzado” de conocimiento de los procesos y procedimientos de la compañía en EE.UU.
Visas para trabajadores estacionales y agricolas
Visas H-2B son dadas a trabajadores temporales que buscan trabajar en los EE.UU. temporalmente para un empleador que puede mostrar, a través de un proceso de certificación de trabajo, que:
Esta categoría está sujeta a un número limitado de visas por año y es limitado a nacionales de ciertos países. Nacionales de otros países no designados por USCIS aún pueden aplicar si se puede mostrar que está en el interés de EE.UU. conceder dicha petición.
Visas H-2A están reservadas para trabajadores de agricultura buscando trabajar para un empleador de los EE.UU. y la oferta de trabajo es estacional y temporaria en naturaleza. Estas visas están sujetas a un proceso de certificación de trabajo del departamento de trabajo de EE.UU.